El Boletín Oficial de Estado ha publicado una resolución por la que se prorroga la vigencia de la exención de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea al apartado 4.2.4 del anexo 1 a la Circular Operativa 16-B limitaciones de tiempo de vuelo, máximos de actividad aérea y periodos mínimos de descanso para las tripulaciones.
La exención limita el tiempo de vuelo de aviones de lucha contra incendios a tres horas. A la finalización de cada vuelo, establece una parada intermedia de acuerdo con la proporción de 20 minutos por hora de vuelo y nunca inferior a diez minutos. Los operadores que se acojan por primera vez a esta medida deben modificar sus Manuales de Operaciones y remitirlos a la AESA.
Como se recoge en el texto, esta medida se adoptó en 2018 con la información operacional expuesta por COPAC y AECA, respondiendo a la demanda de los pilotos de esta disciplina con el objetivo de reforzar la seguridad de las operaciones, así como mejorar la eficacia de los vuelos. La prórroga a la exención se concede hasta el 31 de diciembre del 2023.